sábado, 30 de enero de 2010

Ayudas europeas a la agricultura

FIJADAS LAS AYUDAS EUROPEAS QUE PODRÁN SOLICITAR LOS AGRICULTORES EN 2010 Y 2011

Se establece un plazo hasta el 30 de abril para solicitar las ayudas y la asignación gratuita de los derechos de la reserva nacional de 2010.

El Consejo de Ministros del 29 de enero de 2010, ha aprobado un Real Decreto sobre la aplicación en los años 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería. Esta norma concreta las ayudas que pueden solicitar los agricultores españoles en ese período y supone el último eslabón de la reforma denominada “Chequeo médico de la Política Agrícola Común”.

Las ayudas directas de la Política Agrícola Común cuentan con más de 45.000 millones de euros para el conjunto de los agricultores de la Unión Europea. De ese importe, algo más de 5.500 millones de euros corresponden a la agricultura española, afectan anualmente a más de 900.000 beneficiarios y suponen más del 14 por 100 de la Renta Agraria

El Real Decreto establece un plazo hasta el 30 de abril para que los agricultores puedan presentar su solicitud única, detallando las distintas fórmulas, requisitos, plazos y documentación a presentar.

En el mismo plazo los agricultores que lo deseen deberán solicitar la asignación gratuita de los derechos procedentes de la reserva nacional. En este aspecto se destaca a los agricultores considerados prioritarios según el artículo 16 de la Ley para el desarrollo sostenible del medio rural, del 13 de diciembre de 2007.

Sólo dos años

La norma es sólo para dos años, 2010 y 2011. Para 2012 se desacoplarán más sectores y sólo quedarán acoplados los de la vaca nodriza y la ayuda al algodón, por lo que se deberá aprobar otra norma.

Más de 840.000 agricultores recibirán comunicaciones de las Comunidades Autónomas, con los importes que se desacoplarán en 2010 y que superan los mil millones de euros. Por lo tanto, el Régimen de pago único en España supone cerca de 4.600 millones de euros.

El resto son ayudas acopladas por superficie, por ganado y los pagos establecidos en el artículo 69 del Reglamento comunitario de 2003 y en el nuevo artículo 69 del Reglamento de 2009. Las dos primeras son fijas en cumplimiento de la norma de la Unión Europea y las de los artículos 69 y 68, suponen un margen de flexibilidad para España.

También se recogen las ayudas por superficie para las producciones de proteaginosas, arroz, patata con destino fécula, frutos de cáscara, semillas, algodón, tomates para la transformación (sólo en 2010), y remolacha azucarera. En relación con las ayudas por ganado, se recogen las de vaca nodriza y sacrificio de vacuno.

En los pagos por el artículo 69 se recogen el algodón, la remolacha y caña de azúcar, las vacas nodrizas, el vacuno de calidad reconocida oficialmente y el sector lácteo.

Novedades

La principal novedad del Real Decreto aprobado hoy son los programas dentro del marco del 69 del Reglamento del 2009; concretamente, son los siguientes:

* Fomento de rotaciones de cultivo en tierra de secano (con un presupuesto anual de 69.6 millones de euros).
* Calidad de las legumbres (un millón de euros).
* Calidad del tabaco (5.88 millones de euros).
* Ovino y caprino con denominación de producción de calidad (7,2 millones de euros).
* Ovino y caprino con producción de carne para compensar las desventajas específicas (26,2 millones de euros).
* Vacuno de leche para compensar las desventajas específicas en zonas económicamente vulnerables o sensibles (40,2 millones de euros).
* Productos lácteos en sistemas de calidad reconocidos (0,8 millones de euros).

El cobro de las ayudas está sujeto al cumplimiento de la condicionalidad (requisitos legales y buenas prácticas), así como a las retenciones por modulación a los pagos superiores a los cinco mil euros.

Los fondos de estas ayudas son todos de origen comunitario y en España están oportunamente complementados con otras líneas de actuación financiadas con fondos nacionales de los Presupuestos Generales del Estado, recogidas en otras normas en vigor.

Dada su gran importancia, hay que destacar que este texto se configura como un ejercicio de revisión y consolidación de los pagos por la Política Agraria Común.

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