sábado, 27 de febrero de 2010

Transposición del "paquete IVA"

COMPLETADA LA TRANSPOSICIÓN DEL LLAMADO "PAQUETE IVA" AL ORDENAMIENTO ESPAÑOL

El Consejo de Ministros del 26 de febrero ha aprobado un Real Decreto con el que se completa la transposición al ordenamiento español del conjunto de Directivas comunitarias agrupadas bajo la denominación de ‘Paquete IVA’, una vez que ha sido aprobada por las Cortes Generales la Ley por la que se transponen determinadas directivas en el ámbito de la imposición indirecta y de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

El Real Decreto modifica el Reglamento del IVA para desarrollar el procedimiento del nuevo sistema de ventanilla única, a través del cual los empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, pero establecidos en la Unión Europea, pueden solicitar a la Agencia Tributaria la devolución de las cuotas soportadas en el mismo. Este sistema se hace igualmente accesible a empresarios establecidos en la Península o las Islas Baleares cuando hayan soportado cuotas de IVA en otros Estados miembros. Se trata de un procedimiento sustancialmente más ágil y eficaz que el existente hasta la fecha.

Otra de las modificaciones relevantes se refiere a la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, el conocido como modelo 349, y, concretamente, a los plazos de presentación y a su contenido. De conformidad con el Derecho comunitario, se establece un plazo general de presentación de un mes, si bien se permitirá la presentación con frecuencia trimestral en los casos en que la suma de las entregas de bienes y de las prestaciones intracomunitarias de servicios que deben informarse dentro de esta declaración no superen ni en el trimestre en curso ni en cualquiera de los cuatro anteriores el umbral de cien mil euros. En cuanto a su contenido, se fija la necesidad de informar sobre la prestación y la adquisición de servicios a otros empresarios comunitarios.

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